En México, 19 estados cuentan con una ley inmobiliaria que regula la actividad de los agentes, pero, por una parte, a falta de un reglamento no todas las legislaciones operan y, por otro lado, las que sí operan, lo hacen bajo distintos criterios. Por ello, el sector empuja en el Congreso de la Unión una ley federal que homologue requisitos, capacitación, certificación de los profesionales inmobiliarios y expedición de una licencia.
A inicios de 2019, Pablo Vázquez Rodríguez, presidente de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de Ley para el Registro y Acreditación de los Agentes Inmobiliarios de la República Mexicana.
Al respecto, Luis Ramírez, director general de Legal Global Consulting, mencionó que es muy importante contar con una legislación federal para homologar tanto los requisitos para ser un agente, como la instancia gubernamental responsable de otorgar licencias.
Es necesario, además, establecer una capacitación en grado de carrera técnica, dijo el directivo durante la conferencia de prensa para dar a conocer el Magno Evento inmobiliario que se realizará el 27 de marzo de 2019.
El año pasado, la AMPI dio a conocer que solo 10% del total de agentes en México pertenecen a una asociación y otro 10% estaba certificado por sus propios medios. «Entonces estamos hablando de que en la informalidad y en las calles puede haber un 80% de personas con muchísima experiencia, pero sin preparación o una certificación oficial», dijo en ese momento, Alejandro Kuri Pheres, presidente de la Asociación en ese entonces.
Ángel Váldes, presidente de la Asociación de Profesionales en Comercialización Inmobiliaria (APCI), señaló durante la rueda de prensa que la ley inmobiliaria de la Ciudad de México regula la actividad del profesional en el sector y establece que debe contar con una certificación; sin embargo, no se detallan los requisitos que debe cumplir y por ello resulta inoperante.
La capital mexicana cuenta con la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal, nombrada así porque se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de agosto de 2012. Posteriormente, su reforma fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2014, pero carece de un reglamento.
«Sabemos que durante la administración de Miguel Ángel Mancera se presentó un Reglamento para la Ley inmobiliaria, pero no procedió la publicación», dijo Valdés.
Estados como Querétaro y Baja California sí tienen un reglamento. En Baja California, la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) de la entidad estableció un Padrón de Agentes Profesionales Inmobiliarios y Agencias Profesionales Inmobiliarias con Registro.
De modo, que la Sedeco realiza el Registro Estatal de Agentes Profesionales Inmobiliarios (REAPI), inscribe a los agentes y agencias, otorga licencias, realiza visitas de inspección, aplica sanciones y verifica la obligación de realizar capacitación en materia inmobiliaria.
Blanca Olivia Arceo, presidente de sección AMPI Metropolitana del Estado de México adelantó que están «están trabajando por las certificaciones y regulación. Sí tenemos la ley, pero falta el reglamento que es fundamental porque no podemos operar. Nosotros estamos en estrecha comunicación con la Secretaría de Desarrollo Económico del Estado de México junto con el Colegio de Notarios. La Sedeco será quien nos regule y expida la cédula apoyados por los notarios, además se está solicitando un capacitador externo. Dentro de la ley se establece que la licencia tendrá una vigencia de tres años».
Fuente: Obras web