Contrato de exclusividad entre la inmobiliaria y el propietario del inmueble.

Imagen: Freepik

Si estás pensando en poner en venta o renta alguna propiedad, y no deseas encargarte personalmente de realizar todo el proceso, contratar los servicios de alguna agencia inmobiliaria para que ellos lo realicen, podrán, en su mayoría, solicitarte firmar un contrato de exclusividad por cierto tiempo para que ellos puedan realizar su trabajo y asegurarse de encontrar el cliente para tu inmueble.

Por eso, te compartimos algunos datos para que puedas firmar un contrato sin que éstos puedan darte un contrato con notas discordantes y quedes atrapado en contratos abusivos.

La cláusula de la exclusividad.

 

Algunas agencias proponen un contrato inmobiliario de exclusividad, donde el cual, el propietario y la agencia se comprometen a una serie de cláusulas y en virtud del mismo el propietario no podrá ofrecer la vivienda a otra agencia o a un potencial comprador.

En éste tipo de contrato se rige sobre la cláusula de exclusividad inmobiliaria, donde se establecen los aspectos más importantes de la relación entre el propietario del inmueble y la inmobiliaria:

  • El propietario se compromete a ceder exclusiva con la inmobiliaria.
  • La agencia se compromete a promocionar activamente los inmuebles en exclusiva para propiciar su venta en el menor plazo.
  • El propietario no puede ofrecer el inmueble fuera de la inmobiliaria a la que cede el encargo de venta inmobiliaria en exclusiva.
  • La comisión que la agencia inmobiliaria recibirá en caso de que el inmueble se venda.
  • El plazo de duración del contrato, que normalmente es de un año.
  • Las prórrogas del mismo, en caso de que se contemplen.

Ésta información te ayudará a redactar y cuidar la cláusula de exclusividad inmobiliaria, regulando así la relación entre la agencia y propietario, ambos conocen los términos y beneficios de la venta, si esta se concreta.

¿A quién beneficia el contrato de exclusividad inmobiliaria?

Y he aquí donde viene la controversia, si la agencia no pone el empeño para poder colocar la propiedad, o en su defecto, el propietario se sentirá atado e inconforme. Mientras que la agencia, necesita seguridad para poder invertir sus recursos en mostrar la propiedad, que si bien  la propiedad no se presta para que ésta se venda o rente rápido, tendrá que invertir más recursos (económicos y humanos) para poder obtener de regreso su inversión al concretar la venta y obtener su comisión, en cambio, al no haber exclusividad, corre con el riesgo a no recuperar lo invertido.

En cambio, ésta herramienta puede lograr confianza en ambas partes, donde ambos están comprometidos a vender el inmueble en las mejores condiciones y en el menor plazo posible.

Otros beneficios.

La inmobiliaria podrá invertir más recursos (económicos y humanos) para lograr la venta, realizar estrategias con otras inmobiliarias, con la seguridad de que obtendrá la inversión de vuelta, además de dedicarle la atención requerida para firmar lo antes posible.

Si piensas que la agencia no le dará la atención, que no le dará el empuje que tu propiedad necesita, busca una agencia que te genere confianza, o que alguno de tus contactos te dé una buena recomendación.

Otro beneficio es que contarás con la persona y el equipo de profesionales para que te asesore y guíe en este proceso. La venta de una propiedad es complicado, intervienen muchos factores, donde el proceso de negociación debe ser dirigido por una persona que conozca el mercado. Y en el proceso de renta, la investigación del inquilino es muy importante, y la agencia ya cuenta con un proceso para realizar el filtro y buscar el mejor candidato posible.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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