El régimen de esquemas reportables se modifica (SAT), te decimos cómo quedó.

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Esquemas reportables serían como revelar secretos de confesión

Sin embargo, representantes de distintos organismos empresariales manifestaron su preocupación ante la implementación de los esquemas reportables. Esto al participar el viernes 4 de octubre en el Parlamento abierto sobre el análisis del Paquete Económico 2020.

Luis Gerardo Del Valle, presidente del Comité de Asuntos Fiscales de American Chamber (AmCham) México, dijo que les preocupa la disposición. Esto porque pretende que los asesores fiscales que participen en una operación con el contribuyente, reporten cuando se tuvo un beneficio fiscal. Sea legal o no.

“Esto es casi como si se obligará a los sacerdotes o a los ministros de cualquier religión a revelar los secretos de confesión de los feligreses”, expresó el especialista.

El límite tiene que ser el secreto profesional

Juvenal Lobato Díaz, vicepresidente de la Comisión Fiscal de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), coincidió con Del Valle y dijo que el límite para la revelación de esquemas reportables tiene que ser el principio del secreto profesional y del derecho a la intimidad.

Dichos principios protegen civil y penalmente a médicos, abogados y asesores –en este caso asesores fiscales–, quienes acceden a datos e información del orden privado y que deben mantener en secrecía para proteger las actividades de sus clientes.

Te decimos los puntos más importantes de la propuesta de esquemas reportables.

Dentro de la propuesta de reforma fiscal para 2020, se propone crear un capítulo sexto en el Código Fiscal de la Federación (CFF), en cual se obliga a los asesores fiscales a revelar esquemas reportables generalizados y personalizados al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Los diputados aprobaron hacer cambios a la propuesta original. Te decimos los más importantes.

Asesor fiscal

Básicamente, se entiende como asesor fiscal cualquier persona física o moral que en el curso de su actividad sea responsable o se involucre en el diseño, comercialización, organización o administre un esquema reportable. Esta información deberá presentarse mediante una declaración informativa en el mes de febrero de cada año.

Bajo el nuevo dictamen, se entenderá como asesor fiscal a quien realice actividades de asesoría fiscal, y que su involucramiento en el diseño, comercialización, organización, implementación o administración de un esquema reportable sea total. Es decir, solamente se considerará a los expertos que frecuentemente trabajen en los esquemas.

Esquemas reportables

Se considera como cualquiera que pueda generar directa o indirectamente la obtención de un beneficio fiscal en México, sin importar la residencial fiscal del contribuyente. Es decir, cualquier plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción o recomendación externada de formas expresa o tácita con el objeto de materializar una serie de actos jurídicos.

En este punto, el dictamen hizo algunos cambios sobre las características de los esquemas. Por ejemplo, se eliminó la figura de comité encargado de analizar la información. Su trabajo era determinar si un esquema era legal o no. Ahora, el dictamen dice que solamente la autoridad fiscal revisará los esquemas y podrá pedir información adicional si es necesaria.

Obligaciones del contribuyente

Según el dictamen, las obligaciones del contribuyente aumentarán. Entre las nuevas se encuentran:

  • Que estará obligado a revelar los esquemas cuando exista un acuerdo entre el asesor fiscal y el contribuyente.
  • Deberá revelar los esquemas que se implementen antes de 2020, pero que tengan efectos fiscales en ejercicios posteriores.
  • Ya no tendrá que reportar esquemas que hayan sido declarados ilegales mediante resolución firme.

Obligaciones del asesor

  • Ya no tendrán que registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria. Además, se eliminan las multas derivadas de esto.

Los cambios todavía deben votarse en el senado.

 

Fuentes: El Contribuyente 2   El Contribuyente 1 

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